Condiciones generales
Artículo 1 – Definiciones
En las presentes condiciones se entiende por:
Plazo de desistimiento: El plazo durante el cual el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento.
Consumidor: La persona física que no actúa en el ejercicio de una profesión o actividad empresarial y que celebra un contrato a distancia con un empresario.
Día: Día natural.
Contrato de duración indefinida: Un contrato a distancia que se refiere a una serie de productos y/o servicios, en el que la obligación de entrega y/o adquisición se distribuye a lo largo del tiempo.
Soporte de datos duradero: cualquier medio que permita al consumidor o al empresario almacenar información que le sea dirigida personalmente, de manera que sea posible su consulta futura y la reproducción sin modificaciones de la información almacenada.
Derecho de desistimiento: la posibilidad de que el consumidor desista del contrato a distancia dentro del plazo de desistimiento.
Empresario: la persona física o jurídica que ofrece productos y/o servicios a los consumidores mediante venta a distancia.
Contrato a distancia: un contrato celebrado en el marco de un sistema organizado por el empresario para la venta a distancia de productos y/o servicios, en el que, hasta la celebración del contrato, se utiliza exclusivamente una o varias técnicas de comunicación a distancia.
Técnica de comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para celebrar un contrato sin que el consumidor y el empresario estén presentes al mismo tiempo en el mismo lugar.
Condiciones generales: las presentes condiciones generales del empresario.
Artículo 2 – Derecho de desistimiento
El consumidor tiene derecho a desistir del contrato dentro de un plazo de desistimiento de 30 días sin necesidad de indicar los motivos. Durante el plazo de desistimiento, el consumidor deberá tratar con cuidado el producto y el embalaje.
Si el consumidor hace uso de su derecho de desistimiento, deberá devolver el producto con todos los accesorios suministrados y, si es posible, en su estado original, de conformidad con las instrucciones razonables del empresario.
Artículo 3 – Aplicación
Las presentes condiciones generales se aplican a toda oferta del empresario y a todo contrato a distancia y pedido celebrado entre el empresario y el consumidor.
Antes de que se celebre el contrato a distancia, se pondrá a disposición del consumidor el texto de las presentes condiciones generales. Si esto no fuera razonablemente posible, antes de la celebración del contrato a distancia deberá indicarse que las condiciones generales pueden consultarse en las instalaciones del empresario y que, a petición del consumidor, se le enviarán lo antes posible y sin coste alguno.
Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, el texto de las presentes condiciones generales, no obstante lo dispuesto en el apartado anterior y antes de la celebración del contrato, podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica de tal manera que este pueda almacenarlo fácilmente en un soporte duradero. Si esto no fuera razonablemente posible, deberá indicarse, antes de la celebración del contrato, dónde pueden consultarse electrónicamente las condiciones generales y que, a petición del consumidor, se enviarán gratuitamente por vía electrónica o por cualquier otro medio.
Si, además de estas condiciones generales, se aplican condiciones específicas de productos o servicios, se aplicarán mutatis mutandis los apartados segundo y tercero, y, en caso de condiciones contradictorias, el consumidor podrá invocar siempre la disposición que le resulte más favorable.
Si una o varias disposiciones de estas condiciones generales fueran o se declararan nulas, total o parcialmente, en cualquier momento, el contrato y estas condiciones seguirán vigentes en lo demás, y la disposición en cuestión deberá sustituirse inmediatamente, de común acuerdo, por una disposición que se ajuste en la medida de lo posible al espíritu de la disposición original.
Las situaciones no reguladas en las presentes condiciones generales se evaluarán de conformidad con el espíritu de las mismas. Las ambigüedades sobre la interpretación o el contenido de una o varias disposiciones de nuestras condiciones se interpretarán de conformidad con el espíritu de las presentes condiciones generales.
Artículo 4 – La oferta
Si una oferta tiene una validez limitada o está sujeta a condiciones, esto se indicará expresamente en la oferta. La oferta es sin compromiso. El empresario tiene derecho a modificar y adaptar la oferta.
La oferta contiene una descripción completa y precisa de los productos y/o servicios ofrecidos. La descripción es lo suficientemente detallada como para permitir al consumidor evaluar adecuadamente la oferta.
Si el empresario utiliza imágenes, estas ofrecen una representación fiel de los productos y/o servicios ofrecidos. Los errores o inexactitudes evidentes en la oferta no son vinculantes para el empresario.
Todas las imágenes y especificaciones de la oferta son orientativas y no pueden dar lugar a indemnización por daños y perjuicios ni a la resolución del contrato.
Las imágenes de los productos ofrecen una representación fiel de los productos ofrecidos. El empresario no puede garantizar que los colores mostrados coincidan exactamente con los colores reales de los productos.
Cada oferta contiene información tal que el consumidor tenga claro cuáles son los derechos y obligaciones vinculados a la aceptación de la oferta. Esto se aplica en particular a:
– los posibles gastos de envío;
– la forma en que se celebra el contrato y qué acciones son necesarias para ello;
– si se aplica o no el derecho de desistimiento;
– la forma de pago, entrega y ejecución del contrato;
– el plazo para la aceptación de la oferta o el período durante el cual el empresario garantiza el precio;
– el importe de la tarifa de comunicación a distancia si los costes por el uso de la tecnología de comunicación a distancia se calculan sobre una base distinta de la tarifa básica habitual;
– si el contrato se archiva tras su celebración y, en caso afirmativo, de qué manera el consumidor puede acceder a él;
– la forma en que el consumidor puede verificar y, en su caso, corregir los datos facilitados por él en relación con el contrato antes de su celebración;
– los idiomas distintos del noruego en los que se puede celebrar el contrato;
– los códigos de conducta a los que se ha sometido el empresario, y la forma en que el consumidor puede consultarlos por vía electrónica;
– la duración mínima del contrato a distancia en el caso de contratos de duración indefinida.
Facultativo: tallas, colores y tipos de materiales disponibles.
Artículo 5 – El contrato
El contrato se perfeccionará, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, en el momento en que el consumidor acepte la oferta y cumpla las condiciones asociadas a la misma.
Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el empresario confirmará la recepción de la aceptación sin demora por vía electrónica. Mientras el empresario no haya confirmado la recepción de dicha aceptación, el consumidor podrá rescindir el contrato.
Si el contrato se celebra por vía electrónica, el empresario deberá adoptar las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la transmisión electrónica de datos y garantizar un entorno en línea seguro. Si el consumidor puede pagar por vía electrónica, el empresario deberá adoptar las medidas de seguridad adecuadas.
El empresario podrá —dentro de los límites de la ley— recabar información sobre la capacidad del consumidor para cumplir con sus obligaciones de pago, así como sobre todos los hechos y circunstancias que sean relevantes para la celebración responsable del contrato a distancia. Si, sobre la base de esta investigación, el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el contrato, tendrá derecho a rechazar un pedido o una solicitud indicando los motivos, o a establecer condiciones especiales para su ejecución.
El empresario deberá facilitar al consumidor, en el momento de la entrega del producto o la prestación del servicio, la siguiente información, por escrito o de una forma que permita almacenarla de manera accesible en un soporte duradero:
– la dirección de visita de la empresa del empresario a la que el consumidor pueda dirigirse en caso de reclamaciones;
– las condiciones y la forma en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o una indicación clara de que el derecho de desistimiento queda excluido;
– información sobre garantías y el servicio posventa existente;
– los datos mencionados en el artículo 4, apartado 3, de las presentes condiciones, salvo que el empresario ya los haya facilitado al consumidor antes de la ejecución del contrato;
– las condiciones para la rescisión del contrato si este tiene una duración superior a un año o se ha celebrado por tiempo indefinido.
En el caso de los contratos de duración indefinida, la disposición del párrafo anterior solo se aplica a la primera entrega.
Todo contrato se celebra bajo la condición suspensiva de que exista suficiente disponibilidad de los productos en cuestión.
Artículo 6 – Derecho de desistimiento
Al adquirir productos, el consumidor tiene la posibilidad de desistir del contrato sin indicar los motivos en un plazo de 30 días.
Este plazo de desistimiento comienza el día siguiente a la recepción del producto por parte del consumidor o por un representante designado previamente por el consumidor y conocido por el empresario.
Durante el plazo de desistimiento, el consumidor deberá tratar con cuidado el producto y el embalaje. Solo podrá desembalar o utilizar el producto en la medida en que sea necesario para evaluar si desea conservarlo.
Si el consumidor hace uso del derecho de desistimiento, deberá devolver el producto al empresario con todos los accesorios suministrados y, en la medida en que sea razonablemente posible, en su estado y embalaje originales, de conformidad con las instrucciones razonables y claras facilitadas por el empresario.
Si el consumidor desea ejercer el derecho de desistimiento, está obligado a notificarlo al empresario en un plazo de 30 días a partir de la recepción del producto. Esta notificación deberá realizarse por escrito o por correo electrónico.
Una vez que el consumidor haya comunicado su intención de ejercer el derecho de desistimiento, deberá devolver el producto en un plazo de 30 días. El consumidor deberá poder demostrar que los productos entregados han sido devueltos a tiempo, por ejemplo, mediante un comprobante de envío.
Si, una vez transcurridos los plazos mencionados en los apartados 2 y 3, el consumidor no ha comunicado que desea ejercer el derecho de desistimiento y/o no ha devuelto el producto al empresario, la compra será definitiva.
Artículo 7 – Gastos derivados del ejercicio del derecho de desistimiento
Si el consumidor ejerce el derecho de desistimiento, los gastos de devolución de los productos correrán a cargo del consumidor.
Si el consumidor ha abonado un importe, el empresario deberá reembolsarlo lo antes posible, y a más tardar en un plazo de 30 días tras la rescisión, siempre que el empresario ya haya recibido el producto o exista una prueba completa y válida de su devolución.
Artículo 8 – Excepciones al derecho de desistimiento
El empresario puede excluir el derecho de desistimiento del consumidor para determinados productos, tal y como se describe en los apartados 2 y 3. La exclusión del derecho de desistimiento solo se aplica si el empresario lo ha indicado claramente en la oferta, o en todos los casos con suficiente antelación a la celebración del contrato.
Las excepciones al derecho de desistimiento solo son posibles para productos:
– que hayan sido fabricados por el empresario según las especificaciones del consumidor;
– que tengan un carácter claramente personal;
– que, por su naturaleza, no puedan devolverse;
– que puedan deteriorarse o caducar rápidamente;
– cuyo precio dependa de fluctuaciones en el mercado financiero sobre las que el empresario no tenga influencia;
– para periódicos y revistas sueltos;
– para grabaciones de sonido e imagen y programas informáticos cuyo precinto haya sido roto por el consumidor;
– para productos de higiene cuyo precinto haya sido roto por el consumidor.
Artículo 9 – El precio
Durante el período de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se incrementarán, salvo en caso de modificaciones de precios debidas a cambios en los tipos del IVA.
No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el empresario podrá ofrecer productos o servicios con precios variables si estos están vinculados a fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el empresario no tiene influencia. Esta vinculación a las fluctuaciones y el hecho de que los precios indicados sean orientativos deberán figurar en la oferta.
Los aumentos de precios en los tres meses siguientes a la celebración del contrato solo se permiten si son consecuencia de disposiciones o normas legales.
Los aumentos de precios después de tres meses de la celebración del contrato solo se permiten si el empresario así lo ha acordado y:
– son consecuencia de disposiciones o normas legales;
– el consumidor tenga derecho a rescindir el contrato a partir del día en que entre en vigor el aumento de precio.
Todos los precios están sujetos a errores de impresión o de escritura. No se acepta ninguna responsabilidad por las consecuencias de dichos errores. En caso de errores de impresión o de escritura, el empresario no está obligado a entregar el producto al precio incorrecto.
Artículo 10 – Conformidad y garantía
El empresario garantiza que los productos y/o servicios se ajustan al contrato, a las especificaciones indicadas en la oferta, a los requisitos razonables de calidad y/o utilidad, así como a las disposiciones legales y/o normativas gubernamentales vigentes en el momento de la celebración del contrato. Si así se ha acordado, el empresario garantiza asimismo que el producto es apto para un uso distinto del habitual.
Cualquier garantía ofrecida por el empresario, el fabricante o el importador no menoscaba los derechos legales y las reclamaciones del consumidor frente al empresario.
Los posibles defectos o productos entregados erróneamente deben comunicarse por escrito al empresario en un plazo de 30 días a partir de la entrega. Los productos deben devolverse en su embalaje original y sin haber sido utilizados.
El periodo de garantía concedido por el empresario coincide con el periodo de garantía del fabricante. No obstante, el empresario no se hace responsable en modo alguno de la idoneidad final del producto para cada uso individual por parte del consumidor, ni de cualquier consejo sobre el uso o la aplicación de los productos.
La garantía no se aplica si:
– el consumidor ha reparado y/o modificado los productos por su cuenta o ha encargado a un tercero que lo haga;
– los productos han sido expuestos a condiciones anormales o han sido tratados de forma descuidada o contraria a las instrucciones del empresario y/o del embalaje;
– el defecto sea, total o parcialmente, consecuencia de normas establecidas o que vayan a ser establecidas por las autoridades públicas en relación con la naturaleza o la calidad de los materiales utilizados.
Artículo 11 – Entrega y ejecución
El empresario actuará con la mayor diligencia posible en la recepción y ejecución de los pedidos de productos.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4 de las presentes condiciones generales, la empresa ejecutará los pedidos aceptados con la debida diligencia, pero a más tardar en un plazo de 30 días, salvo que el consumidor haya aceptado un plazo de entrega más largo.
Si la entrega se retrasa, o si un pedido no puede ejecutarse o solo puede ejecutarse parcialmente, se deberá informar al consumidor de ello a más tardar 30 días después de la realización del pedido. En tales casos, el consumidor tiene derecho a rescindir el contrato sin coste alguno y a una posible indemnización por daños y perjuicios.
En caso de resolución del contrato de conformidad con el apartado anterior, el empresario deberá reembolsar el importe pagado por el consumidor lo antes posible, y a más tardar en un plazo de 30 días a partir de la resolución.
Si la entrega de un producto pedido resulta imposible, el empresario deberá hacer todo lo posible por ofrecer un producto sustitutivo. A más tardar en el momento de la entrega, deberá indicarse de forma clara y comprensible que se está entregando un producto sustitutivo.
En el caso de los productos sustitutivos, no podrá excluirse el derecho de desistimiento. Los gastos de una eventual devolución correrán a cargo del empresario.
El riesgo de daño y/o pérdida de los productos recae en el empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante designado previamente y conocido por el empresario, salvo que se haya acordado expresamente lo contrario.
Artículo 12 – Contratos de duración indefinida: duración, rescisión y prórroga
Rescisión
El consumidor podrá rescindir en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo indefinido y relativo al suministro periódico de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando las normas de rescisión acordadas y con un plazo de preaviso de un mes como máximo.
El consumidor podrá rescindir en cualquier momento un contrato de duración determinada relativo al suministro periódico de productos (incluida la electricidad) o servicios al término del período acordado, respetando las normas de rescisión acordadas y con un plazo de preaviso de un mes como máximo.
El consumidor podrá rescindir los contratos mencionados en el apartado anterior:
– en cualquier momento, sin estar limitado a hacerlo en un momento determinado o en un período concreto;
– al menos de la misma forma en que se celebró el contrato;
– siempre con el mismo plazo de preaviso que el que se ha reservado el empresario.
Prórroga
Un contrato celebrado por tiempo determinado y relativo al suministro periódico de productos o servicios no podrá prorrogarse o renovarse tácitamente por un período determinado.
No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, un contrato celebrado por tiempo determinado y relativo al suministro de periódicos, diarios, semanarios y revistas podrá prorrogarse tácitamente por un período determinado de hasta tres meses, siempre que el consumidor pueda rescindir el contrato prorrogado antes de que finalice la prórroga con un plazo de preaviso de hasta un mes.
Un contrato de duración determinada relativo al suministro periódico de productos o servicios solo podrá renovarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede rescindir el contrato en cualquier momento con un plazo de preaviso de un mes como máximo, y con un plazo de preaviso de tres meses como máximo si el contrato se refiere al suministro de periódicos, revistas de actualidad y semanarios, así como de revistas, con una periodicidad inferior a una vez al mes.
Un contrato de duración determinada relativo al suministro periódico de periódicos, revistas de actualidad y semanarios, así como
Artículo 13 – Pago
Salvo que se acuerde lo contrario, el importe adeudado por el consumidor deberá pagarse en un plazo de siete días hábiles a partir del inicio del plazo de desistimiento mencionado en el artículo 6, apartado 1.
En los contratos relativos a la prestación de servicios, este plazo comenzará a contar a partir de la recepción por parte del consumidor de la confirmación del contrato.
El consumidor está obligado a comunicar inmediatamente al empresario cualquier error en los datos de pago facilitados o registrados.
En caso de impago por parte del consumidor, el empresario tendrá derecho, dentro de los límites de la ley, a cobrar los gastos razonables que se hayan comunicado previamente al consumidor.
Artículo 14 – Procedimiento de reclamaciones
Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deberán dirigirse al empresario en un plazo de siete días a partir de la fecha en que el consumidor haya detectado los defectos, y deberán describirse de forma completa y clara.
Las reclamaciones recibidas por el empresario deberán ser respondidas en un plazo de 14 días a partir de la fecha de recepción.
Si una reclamación requiere un plazo de tramitación previsiblemente más largo, el empresario deberá enviar un acuse de recibo en el plazo de 14 días e indicar cuándo puede el consumidor esperar una respuesta más detallada.
Si la reclamación no puede resolverse de forma amistosa, se produce un litigio que puede tramitarse de acuerdo con el reglamento de resolución de litigios.
Una reclamación no suspende las obligaciones del empresario, a menos que este haya indicado lo contrario por escrito.
Si el empresario considera que una reclamación está justificada, sustituirá o reparará los productos entregados sin coste alguno, a su elección.
Artículo 15 – Litigios
Los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se aplican estas condiciones generales se regirán exclusivamente por la legislación neerlandesa.
Esto también se aplica si el consumidor reside en el extranjero.